Permiso B
- Automóviles cuya masa máxima autorizada sea igual o inferior de 3.500 kg y cuyo número de asientos, incluido el del conductor. no exceda de nueve. Pueden llevar enganchado un remolque ligero de masa máxima autorizada no superior a 750 kg. - Conjuntos de vehículos acoplados formados por un vehiculo automóvil de los que autoriza a conducir el permiso B y un remolque de más de 750 Kg., siempre que la masa máxima autorizada del conjunto no exceda de 3.500 kg y la masa máxima autorizada del remolque no exceda de la masa en vacío del vehículo tractor. - Cuadriciclos de motor. - Vehículos de tres ruedas, cuya masa máxima autorizada no exceda de 3.500 kg. - Vehículos para personas de movilidad reducida. - Ciclomotores de dos o tres ruedas y cuadriciclos ligeros. - Vehículos especiales no agrícolas o conjunto de los mismos, cuya velocidad máxima autorizada no exceda de 40 km/h. Si excede de esta cifra su masa máxima autorizada no superará los 3.500 Kg. - Vehículos especiales agrícolas autopropulsados o conjuntos de los mismos, aunque rebasen la masa o dimensiones máximas autorizadas y que transporten hasta nueve personas incluido el conductor. - El titular del permiso B con una antigüedad superior a 3 años puede conducir dentro del territorio nacional motocicletas cuya conducción autoriza el permiso de la clase A1 Edad mínima: 18 años.