Información
Alumnos que deseen obtener el permiso de conducción de la clase BAntes de comenzar tu preparación, creemos conveniente presentarte esta información sobre las condiciones que Tráfico exige para la presentación a examen y los requisitos necesarios para aprobar el mismo.
Entre los factores que más influencia tienen en la seguridad vial destaca el comportamiento de los conductores, comportamiento que, en gran medida, depende de la formación y los conocimientos adquiridos durante el periodo de aprendizaje que ahora comienzas en nuestra autoescuela.
Esta formación y conocimientos que irás adquiriendo, han de ser objeto de evaluación mediante las correspondientes pruebas de control, las cuales son:
- Evaluación sobre conocimientos (prueba teórica).
- Evaluación sobre aptitudes y comportamientos (prueba práctica).
Cada solicitud, presentada por la autoescuela en la Jefatura Provincial de Tráfico correspondiente, da derecho al alumno a dos convocatorias para realizar las pruebas. Entre las dos convocatorias a que da derecho una solicitud no deberán mediar más de seis meses, salvo en casos de enfermedad y otros excepcionales debidamente justificados.
Cuando el alumno no supere la prueba de que se trate (tanto teórica como práctica) en dos convocatorias, se establecerá la siguiente demora:
- Entre la segunda y tercera convocatoria, al menos 12 días naturales.
- Entre la tercera y sucesivas convocatorias, al menos 18 días naturales.
Las pruebas se realizarán en la provincia donde se hubiere presentado la solicitud. En la secretaría de nuestra autoescuela se te indicará el lugar exacto donde deberás examinarte, así como la mejor forma para desplazarte a dicho centro.
Las fechas de realización de las pruebas, son fijadas por Tráfico, teniendo en cuenta sus posibilidades de servicio. El día del examen así como la hora del mismo, le será comunicado al alumno por la autoescuela con antelación suficiente.
Como norma general, la prueba teórica se celebrará en fecha distinta a la prueba práctica.
La declaración de aptitud de la prueba teórica, tendrá un periodo de vigencia de dos años, contando desde el día siguiente en que el alumno fue declarado apto.
Para la realización de las pruebas, los aspirantes deberán identificarse ante los funcionarios, para lo que éstos en cualquier momento, podrán exigir la presentación del original del D.N.I., pasaporte o tarjeta de residencia, todos ellos en vigor y no deteriorados.
Se procederá a la interrupción y suspensión inmediata de las pruebas, y la declaración de no apto en la convocatoria que se trate, de los aspirantes que:
- Perturben el orden en cualquiera de ellas o cometan o intenten cometer fraude en su realización, cualquiera que sea su forma o procedimiento.
- Pongan de manifiesto su impericia, carencia del dominio del vehículo o sus mandos o cometan errores o faltas que, individualmente consideradas o por acumulación con otras, impliquen dicha calificación.
- El aspirante no presente la documentación requerida para ser identificado.
- El aspirante carezca o no lleve las correcciones, prótesis o adaptaciones, o las que lleven sean inadecuadas.
- Existen indicios racionales de que, por las circunstancias que concurran, las pruebas no puedan desarrollarse con la normalidad o seguridad debidas